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CLUBES / NORMATIVA PARA CLUBES
 
 
NORMATIVA OFICIAL PARA:
  • CENTROS ECUESTRES.
  • COMITES ORGANIZADORES DE COMPETICIONES HIPICAS.
    1. Registro obligatorio como Explotación Ganadera de Castilla y León. (necesario para organizar competiciones y para Centros Ecuestres)
      • BOCYL nº 124 de 30 de junio de 2004.
      • Orden  A Y G / 1027 / 2004  de 18 de junio por la que se crea la Base de Datos de Explotaciones Ganaderas de Castilla y León y se regula su mantenimiento.
    2. Solicitud de celebración de concursos:
      • Decreto 266/98   (BOCYL de 21/12/98 – Reglamento de Sanidad Animal, artículo 86 y 87).
Federación Hípica de Castilla y León - Plaza Marti y Monso, 3 - 1º -47001 Valladolid -Telfº: 983371821- Fax: 983330045 - hipicacl@fhtcl.com -www. fhtcl.com